home Judiciales SCJN analiza diversas disposiciones que regulan a las casas de empeño en el estado de Sinaloa

SCJN analiza diversas disposiciones que regulan a las casas de empeño en el estado de Sinaloa

Ciudad de México, a 16 de julio de 2020

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó los artículos 11, fracción XI, 27, fracciones III, IV y V, 28, 29, 30, 33, fracciones II y IV, y 34, fracciones IV y V, de la Ley que Regula las Casas de Empeño en el Estado de Sinaloa, al estimar que invadían la competencia en materia mercantil del Congreso de la Unión establecida en la Constitución General, en tanto que preveían aspectos relacionados con obligaciones o requisitos vinculados con la naturaleza de la actividad mercantil que desarrollan las casas de empeño, esto es, por lo que se refiere a los contratos de mutuo con interés y garantía prendaria realizados por esos sujetos de manera habitual, profesional y con fines de lucro.
En el mismo expediente, el Pleno validó la constitucionalidad del resto de los preceptos que integran la mencionada Ley que Regula las Casas de Empeño en el Estado de Sinaloa, ya que en estos se desarrolla lo concerniente a los permisos para la instalación y funcionamiento de las casas de empeño, la potestad de la autoridad para verificar el establecimiento, las sanciones aplicables y los medios de impugnación, entre otros aspectos, lo cual sí es competencia del Congreso local en tanto que no están relacionados con el acto mercantil que realizan las casas de empeño.
Además, la SCJN validó diversos artículos de Ley de Hacienda del Estado, en los cuales se establecen, por un lado, un impuesto a cargo de las casas de empeño respecto de los bienes dados en garantía que no son recuperados por el deudor y posteriormente enajenados; así como, por otro lado, el pago de derechos por los servicios de autorización, registro y supervisión para la instalación y operación de las casas de empeño. Ello al considerar que dichas disposiciones no invaden la competencia del Congreso de la Unión en materias de comercio, como tampoco se ubican en alguno de los rubros de competencia exclusiva del citado Congreso en materia tributaria ni en las prohibiciones expresas a la potestad tributaria de los Estados contenidas en la Constitución General.
Controversia constitucional 45/2017, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, en contra del Poder Ejecutivo y del Congreso, ambos del Estado de Sinaloa, demandando la invalidez del Decreto número 12, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 13 de diciembre de 2016 y mediante el cual se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Hacienda, se expide la Ley que Regula las Casas de Empeño, se deroga el artículo quinto transitorio del Decreto número 143, publicado en el Periódico Oficial número 124 de 12 de octubre de 1990, y se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Hacienda Municipal, todas del Estado de Sinaloa.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial

 

 

 

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