home Perspectiva de género Con la erradicación del matrimonio infantil los menores puede ejercer sus derechos en plenitud: SCJN

Con la erradicación del matrimonio infantil los menores puede ejercer sus derechos en plenitud: SCJN

El matrimonio infantil se debe erradicar del país para que niñas, niños y adolescentes, puedan ejercer sus derechos y tener un desarrollo pleno, aseguró Fabiana Estrada Tena, Coordinadora General de Asesores de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al participar en el Foro: Retos de los derechos de la infancia, con el tema Matrimonio infantil, inaugurado por Arturo Bárcena, Director General de Estudios Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos del Alto Tribunal, Fabiana Estrada Tena se refirió a la determinación de la SCJN, sobre la prohibición del matrimonio infantil en Aguascalientes, al quitar de su Código Civil las dispensas que permitían este tipo de uniones en casos graves y justificados.

“Desde todos los puntos de vista, es nocivo, una violación grave a sus derechos humanos, que afecta la salud, la vida, la libertad, el desarrollo, la educación de los menores, en general, impide y dificulta el desarrollo de todo sus derechos”, añadió.

La funcionaria del Tribunal Constitucional afirmó que el matrimonio infantil no puede ser visto como una vía de acceso a mejores condiciones de bienestar.

“El Estado debe proveer las condiciones para que las adolescentes, atendiendo a su desarrollo progresivo, puedan tomar decisiones sobre su vida, se deben proveer de condiciones para que las menores tengan satisfechas sus necesidades mínimas, y sus derechos económicos, sociales y culturales”, aclaró.

Durante la mesa: La incorporación de la perspectiva de género para el ejercicio de los derechos de la niñez, la Maestra Fabiana Estrada Tena instó a impulsar políticas públicas que permitan que las niñas, de las que dijo son las más afectadas en el matrimonio infantil, puedan tener las condiciones para tener mejores opciones de vida.

“Es necesario acompañar este tipo de medidas legislativas con políticas públicas que permitan que las niñas sigan estudiando, que cuenten con apoyos económicos y que tengan un empoderamiento económico y social, que les permita contemplar otras opciones de vida y desarrollar libremente su personalidad, sin que ello deba girar en torno a su rol de pareja, esposa o madre”, apuntó.

Por otra parte, en la mesa: Ética del cuidado y protección de menores en condiciones de riesgo y vulnerabilidad, la Maestra Ana María Ibarra Olguín, Directora General del Centro de Estudios Constitucionales de la SCJN, expuso una resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte, donde se determinó que las niñas y niños que nacen y viven con su madre en prisión no pueden ser separados de manera drástica de ella.

“Es correcto que a una edad entre 3 y 5 años, las normas mexicanas y también las del derecho internacional varían o no establecen una edad fija, se separa a los niños de sus madres, pero, y aquí está la gran salvedad, esta separación tiene que ser gradual y sensible, es decir, no se puede de un día a otro, decirle a la madre, decirle a la niña, no vas a ver más a tu madre, más que los días se visita”, subrayó.

Aseguró que el Estado debe garantizar que los menores tengan las mejores condiciones de vida, “el Estado tiene a su cargo el deber de garantizar que los niños que están en las cárceles con sus madres tengan un lugar de esparcimiento, una alimentación adecuada, que puedan tender un trato digno por parte del personal de reclusorio y puedan recibir la educación correspondiente.”

A este encuentro, realizado en el auditorio de la sede alterna de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, también asistieron Paula Ramírez, Oficial Nacional de Protección Legal de Unicef México; Genoveva Roldán Dávila, Presidenta del Patronato sin Fronteras; Nicolás Espejo, Profesor de la Universidad de Oxford; entre otros especialistas y académicos.