El 27 de mayo de 2015, la CIDH decidió solicitar la adopción de medidas cautelares a favor de Donatilo Jiménez Euceda, en Honduras. La solicitud de medidas cautelares alega que desde el 8 de abril de 2015 se desconocería su paradero o destino. Según la solicitud, Donatilo Jiménez Euceda, ex Presidente del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (SITRAUNAH) habría recibido amenazas de muerte en agosto de 2011, habiendo denunciado que se habría contrato a sicarios para atentar contra su vida. En tal sentido, de acuerdo al testimonio de sus familiares, el señor Donatilo Jimenez habría manifestado que su vida e integridad personal corría peligro durante el período antes de su presunta desaparición. Según la información aportada, a pesar de las denuncias interpuestas, su familia no cuenta con indicio alguno sobre su paradero o destino. Tras analizar los alegatos de hecho y de derecho, la Comisión considera que la información, en principio, muestra que el beneficiario se encuentra en una situación de gravedad, urgencia e irreparabilidad, puesto que su vida e integridad estarían amenazadas y en riesgo. En consecuencia, de acuerdo con el Artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicitó al Estado de Honduras adoptar las medidas necesarias para determinar la situación y el paradero de Donatilo Jiménez Euceda, con el propósito de proteger su vida e integridad personal; e informar sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar. Lea la resolución.
Medida Cautelar 147/15 – Donatilo Jiménez Euceda, Honduras

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