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Se publica NOMSEMARNAT-1996, que establece límites de contaminantes en descarga de aguas residuales

Actualiza a la NOM-001-SEMARNAT-1996, renovando aspectos técnicos que por el transcurso del tiempo ya no cumplía.

Tiene como objetivos preservar los derechos humanos al agua y al saneamiento, así como garantizar su disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad, calidad y seguridad y admisibilidad. 

 

Publicación DOF

Este viernes, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la Nación.

Esta herramienta tiene como objetivos preservar los derechos humanos al agua y al saneamiento, consagrados en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como garantizar su disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad, calidad y seguridad y admisibilidad.

Se cumple así con la obligación establecida en el artículo 85 de la Ley de Aguas Nacionales relativa a que las personas físicas o morales, que exploten, usen o aprovechen aguas nacionales en cualquier actividad, serán responsables de realizar las medidas necesarias para prevenir su contaminación y, en su caso, para reintegrar las aguas en condiciones adecuadas, a fin de permitir su explotación, uso o aprovechamiento posterior, y mantener el equilibrio de los ecosistemas vitales.

La NOM-001-SEMARNAT-2021 actualiza la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-1996, que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales, renovando aspectos técnicos que, por el transcurso del tiempo, esta última ya no cumplía.

La NOM-001-SEMARNAT-2021 será de observancia obligatoria para los responsables de las descargas de aguas residuales en cualquier tipo de cuerpo receptor propiedad de la Nación y tendrá un cumplimiento y vigencia gradual, establecida en sus artículos transitorios, entrando en vigor a los 365 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Entre los aspectos que se actualizan en la NOM-001-SEMARNAT-2021 se encuentran las especificaciones, métodos de prueba, muestreos, parámetros de temperatura, medición de la toxicidad, procedimiento para la evaluación de la conformidad, la clasificación de los cuerpos receptores y el enfoque de usos posteriores para mejorar la gestión y la protección de los cuerpos de agua, así como la concordancia con normas internacionales.

 

 

 

 

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