• Ello representaría un obstáculo para que la CNDH ejerza plenamente sus funciones, determina.
• La resolución no genera un estado de indefensión, explica.
En sesión celebrada el seis de abril de 2016 por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se determinó, por unanimidad de votos, que las recomendaciones que emite la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) no pueden ser analizadas a través del juicio de amparo.
El asunto surgió por una recomendación que se emitió en contra de diversas autoridades del sector salud en el Estado de Oaxaca, al atender de manera deficiente a una mujer que estaba a punto de dar a luz.
Dicha mujer combatió la recomendación, al considerar que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos no había previsto las medidas suficientes para reparar la situación.
A partir de ello, la Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió que el juicio de amparo no constituye una vía adecuada para analizar dichas recomendaciones, pues la apertura de una instancia posterior para estudiar tales actuaciones de la Comisión Nacional, representaría un obstáculo para que ésta ejerza de manera plena sus funciones, en especial en el tema del cumplimiento de las recomendaciones, situación que inclusive se traduciría en un escenario no deseable para las víctimas de violaciones a derechos humanos.
Así, se resolvió que si bien el juicio de amparo tiene como finalidad la protección de derechos humanos, a través del mismo no es posible analizar la determinación final que se adopte a través de otro procedimiento cuya naturaleza también implique la protección de la Constitución y de los derechos fundamentales.
Finalmente, se indicó que tal determinación no genera un estado de indefensión, toda vez que acorde a la propia normativa de la Comisión Nacional, las recomendaciones emitidas no afectan el ejercicio de otros derechos o de otras vías que corresponden a las personas que sufrieron una afectación.
Recomendaciones de la CNDH no pueden analizarse vía amparo: segunda sala
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