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Plantean diputadas de Morena tipificar como delito electoral la usurpación de la identidad indígena

Salvaguardar el derecho político de las personas indígenas a ser votadas, el objetivo; también se busca sancionar a quienes de manera ilícita se hagan pasar por integrantes de esta comunidad, señalan las diputadas Evangelina Moreno y Brianda Aurora Vázquez 

 

Palacio Legislativo, 30-04-2022 (Notilegis).- Las diputadas de Morena, Evangelina Moreno Guerra y Brianda Aurora Vázquez Álvarez, secretaria de la Comisión de Derechos Humanos y de la Comisión de Asuntos Indígenas, respectivamente, presentaron una iniciativa que reforma la Ley General en Materia de Delitos Electorales para tipificar la usurpación indígena como delito electoral. 

A través de un comunicado, Moreno Guerra mencionó que la iniciativa es una propuesta que fue elaborada por la organización civil Agenda Ciudadana por el Desarrollo y la Corresponsabilidad Social AC, y consideró que es necesario salvaguardar el bien jurídico de los derechos políticos de las personas indígenas y porque el quehacer legislativo debe de dar respuesta a las necesidades de la sociedad. 

Denunció que la usurpación de candidaturas indígenas violentó el derecho electoral a ser sujetos a votación para aquellas personas que sí cumplían con los requisitos de identidad indígena y que no obstante tener la voluntad de ejercer dicho derecho electoral, el espacio se encontraba “ocupado” por alguna persona que no tenía esa calidad indígena requerida y, por ende, no cuenta con representatividad indígena. 

La diputada de Baja California señaló que es necesario tipificar el delito de la usurpación indígena y sancionar a quienes, a sabiendas de que no son indígenas, se hacen pasar por personas que se autoidentifican como indígenas con el objetivo de ser postulados por las coaliciones o institutos políticos bajo la modalidad de las acciones afirmativas, las cuales están destinadas para las comunidades y pueblos de esta comunidad. 

La tipificación del delito de “usurpación indígena” propuesto prevé las conductas desplegadas por funcionarios partidistas, candidatos, personas y servidores públicos que vulneren el bien jurídico del derecho de las personas indígenas a votar y ser votadas bajo el criterio que establece la autoidentificación de identidad indígena. 

Finalmente, la diputada Vázquez Álvarez mencionó que la iniciativa adiciona la fracción XI al artículo 9, las fracciones IV y V del artículo 10 y la fracción VII al artículo 11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, con el fin de sancionar con multas y prisión a la autoridad, candidato o candidata, funcionaria o funcionario partidista o electoral, o cualquier persona que pretenda registrar, postular y respaldar, con documentos a personas que usurpen la identidad indígena.

 

 

 

 

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