2. La norma jurídica
2.1. Concepto de la norma jurídica
Conjunto de preceptos que son regidas por el Estado. En derecho la palabra norma suele usarse en 2 sentidos diferentes, uno en sentido amplio, lo que se conoce como latu sensu que debe entenderse como toda norma de comportamiento obligatoria o no; y en un sentido estricto o estrictu sensu que es aquella que impone derechos, obligaciones y deberes correlativos. Las normas también se entienden como:
- Imperativos hipotéticos, los cuales se encuentran generalmente en todas las artes y constituyen las reglas técnicas. Si estas no se incluyen fracasaran en el sentido del derecho, pero no son obligatorias.
Las reglas técnicas son reglas prácticas cuyo cumplimiento es potestativo o voluntario, y que prescriben determinados medios con vista en la realización de ciertos fines. Los preceptos de orden técnico no imponen deberes, simplemente muestran los medios que son necesarios para poner en práctica el logro de determinado fin.
- Imperativos categóricos, son un mandato que no admite condición, es una regla que hay que observar se quiera o no se Son las normas, las cuales son reglas de carácter obligatorio que imponen deberes o conceden derechos.
Las normas consignan un deber condicionado, cuando la existencia de este deber se desprende de ciertos supuestos.
2.2. La estructura de las normas
a) CNJ desde el punto de vista al sistema que pertenece:
- De derecho uniforme.- comunes a dos o más Estados para regular situaciones jurídicas determinadas.
- Extranjeras o Internacionales.- normas obligatorias en países distintos al nuestro por su autoridad
- Nacionales.- normas obligatorias en el país por la autoridad política
b) CNJ desde el punto de vista su fuente:
- De derecho consuetudinario.- su fuente es la costumbre de un determinado lugar
- De derecho escrito.- creados por órganos facultados siguiendo un proceso estrictamente formal y regular.
c) CNJ desde el punto de vista el ámbito espacial de validez:
- De carácter federal.- expedidas por el CU y son validas para todo el país
- De carácter estatal o local.- leyes expedidas por las legislaturas locales y solo tienen validez en los Estados
- Municipales.- expedidas por los respectivos ayuntamientos y su ámbito espacial de validez es la circunscripción municipal
d) CNJ desde el punto de vista su ámbito de validez:
- De vigencia determinada.- su validez es temporal y se encuentra en la misma ley
- De vigencia indeterminada.- su tiempo de vigencia no se ha fijado previamente al ser publicado
e) CNJ desde el punto de vista su ámbito material de validez
- De derecho privado
- De derecho publico
f) CNJ desde el punto de vista su ámbito personal de validez
- Genéricas.- obligan o facultan a todos los individuos comprendidos como sujetos de la disposición normativa.
- Individualizadas.- obligan o facultan a un solo individuo que son determinados como sujetos de la norma genérica.
g) CNJ desde el punto de vista su jerarquía
- Constitucionales o fundamentales.- contenidos en la ley primaria (CPEUM)
- Ordinarias.- normas secundarias contenidas en las leyes aprobadas por el Congreso
- Reglamentarias.- contenidas en reglamentos, decretos, ordenes y acuerdos expedidos por el Poder Ejecutivo.
- Individualizadas.- decisiones del Poder Judicial al individualizar una norma
h) CNJ desde el punto de vista su sanción:
- Leyes perfectas.- su sanción es la inexistencia o nulidad de los actos
- Leyes más que perfectas.- además de sancionar con un castigo, exigen la reparación del daño
- Leyes menos que perfectas.- aquellas que al violarse no impide que el acto produzca efectos jurídicos, pero sanciona a quien hizo la violación con un castigo.
- Leyes imperfectas.- leyes desprovistas de sanción
i) CNJ desde el punto de vista su cualidad:
- Permisivas.- facultan al individuo para hacer u omitir una conducta
- Prohibitivas o negativas.- prohibir determinar una acción u omisión
j) CNJ desde el punto de vista sus relaciones de complementación
- Primarias.- sentido pleno por sí mismas
- Secundarias.- complementan a otras
- k) CNJ desde el punto de vista su relación con la voluntad de los particulares
- Taxativas.- obligan o mandan independientemente de la voluntad de las partes
- Dispositivas.- se aplican solamente en ausencia de la voluntad de los particulares
Otra categorización de la norma:
Normas jurídicas.- Establecidas para regir y coordinar la conducta social del individuo. Son de carácter heterónomo, bilateral, externo y coercible.
Normas morales.- Consisten en la realización de los mejores sentimientos y costumbres del grupo social. Son aquellas de carácter autónomo, unilateral, interno e incoercible.
Normas religiosas.- Preceptos dictados por dios y las iglesias. Son de carácter heterónomo, unilateral, interno e incoercible.
Normas técnicas.- Previenen la forma más adecuada para hacer bien una cosa.
Normas de etiqueta y sociales.- Son impuestas por el decoro para no hacer el ridículo: risa o burla. Son de carácter heterónomo, unilateral o bilateral, externo e incoercible.