home Daniel Moisés Alcasio Guerrero La prohibición de los funcionarios públicas para seguir conociendo del caso después de su encargo, no viola derechos fundamentales siempre y cuando sea en favor de mejorar la justicia

La prohibición de los funcionarios públicas para seguir conociendo del caso después de su encargo, no viola derechos fundamentales siempre y cuando sea en favor de mejorar la justicia

Cuántos de nosotros, particularmente en temas de litigios, enseñanza doctrinaria y práctica profesional hemos escuchado que el hacer buenos abogados hacemos buenos jueces y buenos jueces hacen buenos abogados, sin duda más de una ocasión, sin embargo el tema que en esta ocasión quiero tratar y analizar es sobre el dimensionar y convertir esa frase con la de funcionarios y servidores públicos que después de su encargo saben y tratan del tema que en su momento tuvieron la encomienda, es importante reflexionar que la temática o teleología que se pretende implementar en estos tiempos sobre el prohibir que un servidor o funcionario no sepa del tema durante un tiempo determinado signifique que dentro de su actuar será de forma dolosa y en contra del orden público e interés social.

Partamos de que la nueva modalidad que se pretende implementar no es algo nuevo, ya existía, por lo que solamente quieren volver a retomar el tema por tal vez algunas anomalías que sin duda puedan ser sujetas a un proceso de investigación hasta llegar a vincular a proceso, sin embargo no comparto que un servidor o funcionario público no conozca del caso cuando deje de serlo para ser contratado por alguna empresa del sector privado, primeramente para eso existen dentro de los procesos de contratación cartas de antecedentes disciplinarios y hasta penales, las cuales si arrojan o no alguna actuación o hecho que se haya cometido es obvio que la empresa del sector privado dudará sobre alguna posible contratación, puede haber casos en los que de forma dolosa se ventilen situaciones donde fuera del encargo se pretendan hacer negocios o lucrar de forma irresponsable por las lagunas que posiblemente se hayan encontrado en el tiempo de permanencia, pero precisamente aquí es donde quiero puntualizar que si bien los asuntos donde puedan tumbarse en cualquiera de los procedimientos llámese judiciales, administrativos, electorales, etc., es porque la persona ex servidor o funcionario buscará al interesado o promovente para orientarlo cobrar sus honorarios y llevar el caso con los conocimientos que ya tiene del mismo, por lo que aquí si violenta la institución gubernamental, el secreto de la institución sobre los mecanismos y formas de trabajar de la misma, se dañan y perjudica las buenas políticas públicas porque entonces ya no tendría sentido capacitarnos para hacer valer la justicia.

Pero también existen situaciones donde las personas ex servidores o funcionarios conocen del tema, pero no pretenden involucrarse porque tienen muy marcado el sentido y ética profesional, de esas personas nos debemos, ya que tanto es el conocimiento que si en algún momento piden o solicitan una opinión de forma desinteresada, él mismo contestará en base a sus conocimientos, a su capacidad pero sobretodo y la más importante en abonar a forjar mejores instituciones, considero es más enriquecedor colaborar para ser recordado como una persona culta y respetuosa que como persona que persigue la cuestión económica, no se trata de fijar un lapso de tiempo para que vuelvan a ejercer o solicitar empleo en el sector privado, también hay que fijarse en las buenas prácticas y trayectoria reconocida por ambos lados, es decir sector público y sector privado.

Es como en el divorcio, que anteriormente se tenían que esperar un año para volver a contraer nupcias, por lo que se declaró inconstitucional al violentar derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad, no dudo que en algún momento se ventilen asuntos de ex servidores o funcionarios donde se les concedan amparos para volver a ingresar en el sector público sin esperar el tiempo de 10 años para seguir desarrollando su trayectoria profesional.