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Jubilación sin problemas

En México se ha desarrollado toda una tradición jurídica con la consolidación de una tercera rama del Derecho que se anexa a las dos tradicionales que durante muchos años lo caracterizaban. Al Derecho Público y Derecho Privado se complementan con el Derecho de Seguridad Social.

Mientras el primero se trata sobre la cosa pública y el segundo sobre las relaciones entre particulares, se hacía necesario contar con un campo especializado que aglutinara los marcos jurídicos tendientes a solventar las necesidades de sectores vulnerables para lograr más justicia y equidad.

El Derecho de Seguridad Social contempla la legislación en materia de salud, del campo, de las personas con discapacidad y de los trabajadores. Es claro que los últimos no cuentan con el poder del capital para generar negocios o producir riqueza de manera directa. Al contrario, se someten a la voluntad de un patrón que tiene la capacidad de mando sobre el trabajador y que en ocasiones, sustentado en la realidad social, se cometen arbitrariedades y abusos en ditrimento de los derechos y la dignidad de quienes realmente son el motor y engranaje de la economía del país.

En el artículo 123 Constitucional se establece que hay dos tipos de trabajadores. Los que pertenecen a los trabajadores en general y el otro grupo que se distingue de los primeros en que son trabajadores al servicio del Estado, o mejor dicho, los burócratas.

¿Esto marca una diferencia?

Efectivamente sí.

Los trabajadores que no son burócratas cuentan con el Seguro Social que ofrecer todos los servicios de asistencia médica, tratamiento, hospitalización, medicamentos, rehabilitación y otros servicios de prevención y cultura de la salud.

Por su parte, los burócratas cuentan con el Instituto de Seguridad Social y Servicio Sociales de los Trabajadores del Estado que ofrece los servicios de atención médica al igual que el Seguro Social, pero además, cuenta con todo un paquete de prestaciones que van desde préstamos en dinero y para la adquisición de casa, agencias de viajes, servicios funerarios, programas educativos, de capacitación y de deporte.

Sin embargo, en lo que ambos sistemas coinciden y es uno de los principales aciertos de la seguridad social de México, es en la jubilación del trabajado. Es decir, cuando el trabajador, ya sea por edad o por alguna condición discapacitante para desarrollar el trabajo, ya no puede ejércelo. Es cuando se tiene el derecho a una pensión que le permita contar con los recursos necesarios para solventar sus necesidades básicas.

Los que son trabajadores y tiene seguridad social, ya sea por el seguro social yo el ISSSTE, sabe que en el talón de pago viene un rubro en las deducciones relacionado con la cuota que se descuenta al trabajador como su aportación a este derecho. El gobierno y el patrón ponen las otras dos casi terceras para completar el monto.

Es importante que tengan en cuenta que lo que dice el documento de pago es muy importante. Ya que recibir más de lo que dice, como a veces suele suceder por convenciones ilícitas, tendrá efectos más tarde, ya que será estos montos los determinantes para asegurar la mejor de las pensiones.

Así que hay que revisar muy bien y tener claro cuánto es nuestra aportación a la seguridad social y caer decepcionados algunos años más adelante.