home Editoriales ¿Deberíamos implementar juicio rápido por tasa de alcoholemia?

¿Deberíamos implementar juicio rápido por tasa de alcoholemia?

Uno de los temas con respecto al derecho de movilidad polémico, se relaciona con el abuso de la ingesta de bebidas alcohólicas o uso de sustancias psicotrópicas y, posteriormente, manejar un vehículo. No hay ninguna duda que la acción constituye un riesgo doble ya que pone en peligro la integridad del conductor y pasajeros del vehículo y, por otro lado, de personas ajenas o inocentes que pueden sufrir daños en ellas y sus bienes patrimoniales.

Hasta el momento, en nuestra propia legislación el hecho de conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicotrópicas es considerada en primera instancia en una falta administrativa. Conforme nuestra tradición garantista constitucional existe el derecho al libre tránsito que ocasiona mucha crítica ciudadana cuando las autoridades de seguridad instalan retenes para verificar con alcoholímetro si los conductores se encuentran en estado óptimo para manejar un automóvil. Hay quienes han intentado interponer juicios de amparo contra esta medida de las autoridades.

No son suficientes las noticias de accidentes y daños irreparables en bienes matrimoniales y pérdida de vidas humanas en accidentes de tránsito ocasionadas por el estado inconveniente de los conductores. Aunque se pueden iniciar procesos penales cuando hay daños en propiedad privada o hechos de sangre u homicidio, esta alternativa procede cuando no se logra un acuerdo reparatorio del daño sin mayores consecuencias de responsabilidad penal. Ya que persiste la intención de considerar un incidente de esta naturaleza como un accidente no de forma dolosa, a menos que el resultado de la acción se derivará de una intención acreditada de causar los daños que se provocaron por el accidente.

En el caso de España, si recurrimos al Derecho comparado, descubrimos que los casos de superar el nivel de 0.60 miligramos por litro de aire espirado o 1.2 gramos por litro de sangres, así como ocasionar un accidente en estado inconveniente, puede ocasionar que el presunto responsable sea requerido para someterse a un juicio rápido por tasa de alcoholemia.

¿Se debería cambiar el tratamiento legal del abuso del alcohol en la conducción de vehículo?

Una persona que conduce un vehículo en estado inconveniente es claro que no tiene la intención dolosa e intencionada de producir un accidente, de dañar propiedad privada y menos de asesinar a una o varias personas. Sin embargo, al estar al volante sin las condiciones de manejo óptimo y con control pleno de los sentidos que le permiten tomar las mejores decisiones en la conducción, puede ser un posible responsable de un incidente de tránsito que ocasionará muchos daños y ponga en peligro la seguridad en las calles.

Hay que ser conscientes que los modernos automóviles han mejorado la capacidad y potencia de los motores en ciudades con vías que no están preparadas para la conducción a alta velocidad. Un factor que combinado con el abuso del alcohol resulta letal.

Convocamos a nuestros legisladores para que estudien este ejemplo de España para elevar el manejo en estado inconveniente a una mayor responsabilidad que se derive en sanciones juzgadas y valoradas por los jueces penales. Se trata de asegurar y preservar la seguridad, la paz y la armonía de nuestra sociedad.