Notipress.- La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional amparó los derechos de un campesino de 80 años, víctima del conflicto armado, en relación con un proceso de restitución de tierras en el que no fue informado adecuadamente. El campesino, residente por más de 20 años en un predio en Aracataca, Magdalena, presentó una tutela contra el Juzgado Segundo Civil del circuito especializado en restitución de tierras de Santa Marta, solicitando la suspensión de la entrega de bienes disputados en el proceso.
De esta manera, la Corte constató que el accionante, víctima de desplazamiento forzado, no recibió la debida asesoría jurídica y que, pese a no ser reclamante en el proceso, su condición de víctima y su avanzada edad ameritaban especial protección constitucional. La decisión concluyó que se vulneraron los derechos al debido proceso, a la defensa técnica, a la vida, a la vivienda y a la dignidad humana, al no garantizar su adecuada participación en el proceso.
En respuesta, la Corte ordenó remitir el expediente al Tribunal Superior de Cartagena para continuar el trámite. Además, instó a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General a supervisar el proceso para garantizar los derechos de las víctimas del conflicto armado.