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CIDH publica acuerdo de solución amistosa en la Petición 1617-12 sobre la falta de investigación y sanción de un homicidio en Colombia

9 de noviembre de 2022
 

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de aprobar y publicar el acuerdo de solución amistosa de la Petición 1617–12, Domingo José Rivas Coronado, de Colombia a través de su Informe de Homologación No. 169/22. El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la falta de investigación y sanción de los responsables del homicidio del señor Domingo José Rivas Coronado.

El 5 de abril de 2021, las partes suscribieron un acta de entendimiento para la búsqueda de una solución amistosa en la cual, acordaron un cronograma de la negociación que se materializó con la firma de un acuerdo de solución amistosa el 20 de diciembre de 2021. En el acuerdo suscrito el Estado reconoció su responsabilidad internacional por la omisión de su deber de garantizar los derechos contenidos en los artículos 8 (garantías judiciales) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con el articulo 1.1. del mismo instrumento, en perjuicio de los familiares del señor Domingo José Rivas Coronado, lo cual derivó en la ausencia de identificación, judicialización y sanción de los autores del homicidio.

El Estado se comprometió a implementar medidas de reparación consistentes en: 1) realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad y entregar en él, una placa conmemorativa a los familiares de la víctima; 2) publicar el acuerdo de solución amistosa en la página web de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado; 3) otorgar auxilios educativos a los familiares de la víctima; 4) coordinar medidas de rehabilitación en salud constitutivas de una atención médica, psicológica y psiquiátrica a favor de la familia de la víctima; 5) solicitar a la Procuraduría General estudiar la posibilidad de interponer acción de revisión sobre el proceso penal adelantado con ocasión a los hechos acaecidos el 14 de mayo de 1990 en los que el señor Domingo José Rivas Coronado perdió la vida y 6) otorgar una reparación pecuniaria mediante la aplicación de la Ley 288 de 1996.

En el Informe de Solución Amistosa 169/22, la CIDH valoró el cumplimiento de la medida relacionada con el acto de reconocimiento de responsabilidad y consideró pendientes los demás compromisos pactados en el acuerdo, incluyendo el relacionado con la entrega de la placa conmemorativa que, conforme a lo pactado entre las partes, será entregada en el transcurso del segundo semestre de 2022. Por tanto, la Comisión decidió que continuará con la labor de seguimiento y verificación de cumplimiento hasta constatar su total implementación.

La CIDH reconoce los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación del acuerdo para alcanzar una solución amistosa que resultó compatible con el objeto y fin de la Convención y resalta los esfuerzos realizados por el Estado para construir una política pública de soluciones amistosas y resolución de conflictos al tiempo que le invita a seguir utilizando dicho mecanismo para la resolución de asuntos en trámite ante el sistema de peticiones y casos individuales. Asimismo, reconoce a la parte peticionaria y destaca sus esfuerzos para participar en la negociación e impulso de este acuerdo.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia

 

 

 

 

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