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CIDH condena la muerte de más de medio centenar de personas en cárceles de Brasil

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena los hechos de violencia ocurridos en cuatro cárceles en el estado de Amazonas, Brasil, que ocasionaron que al menos 57 personas perdieran la vida y cuatro resultaran heridas. La Comisión Interamericana urge al Estado a investigar las circunstancias en que ocurrieron estos hechos, a identificar y sancionar a los responsables. El Estado brasileño debe adoptar las medidas necesarias para este tipo de hechos no vuelva a ocurrir.

De acuerdo con información de público conocimiento, el 26 de mayo de 2019 tuvo lugar un enfrentamiento entre internos en el Complejo Penitenciario Anísio Jobim (Compaj), en Manaus, capital del estado de Amazonas. Dicho enfrentamiento habría ocurrido durante horas de visita, y tuvo como consecuencia que al menos 15 personas perdieran la vida. Al día siguiente, 27 de mayo –en el marco de inspecciones de las fuerzas de seguridad en las cárceles de Manaus– las autoridades brasileñas reportaron que al menos 42 personas habían perdido la vida a causa de asfixia en cuatro cárceles de Brasil. Además de Compaj, los otros recintos carcelarios donde se presentaron las pérdidas de vidas humanas, fueron: el Instituto Penal Antônio Trindade (Ipat); la Unidad Penitenciaria de Puraquequara (UPP) y el Centro de Detención Provisional Masculino (CDPM 1). A consecuencia de estos hechos, el Ministerio de Justicia anunció el envío de un equipo de fuerzas especializadas para el control de las prisiones en el estado de Amazonas.

La CIDH toma nota que las autoridades se encuentran investigado estos hechos para aclarar los crímenes cometidos. Al respecto, la Comisión enfatiza que los Estados tienen la obligación de investigar de oficio y con la debida diligencia todas aquellas muertes de personas que se encuentran bajo su custodia. Estas investigaciones no sólo deben estar orientadas a establecer los responsables materiales de los hechos, sino también a los posibles autores intelectuales y a aquellas autoridades que por acción u omisión pudieran ser responsables.

La Comisión Interamericana advierte con profunda preocupación que estas muertes se producen en un contexto de reiterados actos de violencia en los centros del sistema penitenciario de Brasil, caracterizados por graves problemas de hacinamiento y condiciones de detención deplorables. La CIDH y la Corte Interamericana, a través de sus diversos mecanismos, han realizado reiteradas recomendaciones al Estado de Brasil. La Comisión ha otorgado medidas cautelares y procesado peticiones y casos sobre la materia, ha realizado audiencias públicas, conducido visitas a centros de detención, y emitido comunicados de prensa.

En este contexto, la CIDH reitera el deber jurídico ineludible que tiene el Estado de Brasil como garante de los derechos de las personas privadas de libertad, de realizar acciones concretas para garantizarsu vida e integridad personal. Como parte de esta obligación, el Estado debe adoptar aquellas medidas orientadas a prevenir y controlar los posibles brotes de violencia en los centros de detención, tales como desarmar a las personas detenidas, imponer controles efectivos para impedir la entrada de armas y otros objetos ilícitos, investigar y sancionar los actos de violencia en instalaciones penitenciarias, y prevenir el accionar de organizaciones delictivas con presencia en las cárceles.

La Relatora de la CIDH para Brasil, Comisionada Antonia Urrejola, indicó: “Las medidas que hasta el día de hoy ha adoptado el Estado, tales como la custodia por parte de la Fuerza Nacional de los alrededores de la cárcel del recinto de Compaj desde 2017, no están resultando eficaces para evitar brotes de violencia en sus cárceles”.

Por su parte, el Relator de la CIDH sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad y para la Prevención y Combate contra la Tortura, Comisionado Joel Hernández, agregó: “El Estado de Brasil debe realizar acciones urgentes e inmediatas que permitan garantizar efectivamente la vida y seguridad de las personas bajo su custodia”.


La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

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