home Legislativas Simplificar acreditación de dependencia económica a ascendientes de trabajadores para recibir pensión

Simplificar acreditación de dependencia económica a ascendientes de trabajadores para recibir pensión

Con el objetivo de reducir trámites burocráticos y facilitar a los ascendientes de trabajadores fallecidos el acceso a una pensión, la Comisión de Seguridad Social, que preside la diputada Araceli Damián González (Morena), aprobó modificar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). 

El dictamen a la iniciativa, presentada por el diputado Rafael Yerena Zambrano (PRI), indica que este trámite que deben realizar los beneficiarios no es un procedimiento costoso, aunque “sí es largo y tedioso para las personas adultas mayores”. 

Reconoce que cuando se da el supuesto jurídico de una transmisión de pensión, en la mayoría de los casos, los ascendientes tienen una edad avanzada, “y el importe de las pensiones previstas en la Ley del ISSSTE es insuficiente, y no les asegura una honrosa subsistencia”.  

De ahí la necesidad de simplificar ese requisito cuando se presente el supuesto jurídico por muerte del trabajador o del pensionado, y sean personas de la tercera edad las que puedan acceder a este derecho. 

La reforma planteada al artículo 49 de dicho ordenamiento, refiere que los ascendientes de 60 o más años de edad podrán atestiguar ante juzgado cívico la dependencia económica con respecto al pensionado fallecido. 

La fracción III del artículo 131 se modifica para establecer que la acreditación de dependencia económica para ascendientes de 60 o más años de edad, se realizará bajo lo estipulado en el artículo citado. 

Indica que ese requisito no es solicitado a cónyuges e hijos, “lo cual resulta discriminatorio”. 

Asimismo, la Comisión considera que atestiguar ante un juzgado cívico sólo simplificaría el trámite, pero aún deberán cumplirse otros requisitos generales y los correspondientes a la ascendencia.  

De aprobarse en el Pleno, aunado al derecho recibido, las personas de la tercera edad en mención también tendrían acceso a servicios de salud.