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Presenta INE Yucatán convocatoria para elección de consejeros del IEPAC

Las y los Ciudadanos interesados podrán inscribirse para participar del 8 al 10 de marzo y del 13 al 15 de marzo de 2017.

Por primera vez se integrará una lista de espera para sustitutos.

 

La junta local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en Yucatán presentó la convocatoria para el proceso de selección y designación al cargo de Consejeras o Consejeros Electorales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (IEPAC), responsabilidad que tendrá una duración de siete años.

El titular del INE en Yucatán, CP. Fernando Balmes Pérez recordó que la reforma electoral de 2014, faculta al Instituto Nacional Electoral como la autoridad competente para la designación de los integrantes de los Órganos Públicos Locales Electorales (OPLES), que para el caso de Yucatán serán tres los consejeros que concluyan su gestión el próximo 30 de septiembre de 2017.

En rueda de prensa detalló que de acuerdo con un acuerdo del Consejo General del INE, las y los interesados en fungir como consejeros del IEPAC, deberán de llenar los formatos que para tal efecto se habiliten en el portal del Instituto www.ine.mx, los cuales estarán disponibles del 8 al 14 de marzo de 2017 y la documentación  solicitada en la presente convocatoria,  se recibirán del 8 al 1O  y del 13 al 15 de marzo de 2017,  en las oficinas de la Junta Local y de las cinco Junta Distritales o de la Secretaría Ejecutiva, con horario de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 horas.

“Todos los ciudadanos que cumplan con los requisitos de esta convocatoria, tendrán la oportunidad de presentar un examen de conocimientos el próximo 8 de abril y quienes logren pasar a una segunda etapa acudirán a un ensayo presencial, el 13 de mayo de 2017 y los resultados del mismo se darán el 9 de junio, mientras que las entrevistas serán del 7 al 25 de agosto”, abundó.

A su vez, Balmes Pérez mencionó que será el 8 de septiembre cuando la Comisión de Vinculación de los Organismos Públicos Local presente al Consejo General del INE las propuestas de quiénes serían los nuevos consejeros y el 22 de septiembre de 2017, por mayoría de ocho votos, se dará la designación de las Consejeras o Consejeros Electorales que iniciarán el encargo a partir del 1 de octubre de 2017.

Explicó que en esta ocasión, con base en los artículos 24, párrafo 9, y 27 párrafo 4 del Reglamento del Instituto Nacional Electoral para la designación y sanción de las y los Consejeros Presidentes  y  las  y  los  Consejeros  Electorales  de  los  Organismos Públicos Locales Electorales, en la designación de las o los Consejeros Electorales correspondientes se deberá observar el principio de paridad de género considerando la integración del órgano superior de dirección del IEPAC en su conjunto.

A su vez, “la ciudadana o el ciudadano que haya sido designado como Consejera o Consejero Electoral, deberá acreditar o manifestar bajo protesta de decir verdad, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del Acuerdo de designación, que no desempeñan ningún empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos relacionados con actividades docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia no remunerados”.

En tanto, el representante del INE en Yucatán enfatizó que en esta selección de candidatos a consejeros y consejeras del IEPAC, una de las novedades es que todos aquellos aspirantes al cargo que accedieron a la etapa de entrevista y valoración curricular pero no sean designados, integrarán la lista de reserva y podrán ser elegidos como sustitutos.

Estos podrán concluir el periodo de alguna vacante, cuando ésta se genere dentro de los primeros cuatro años del encargo, en términos de lo dispuesto por el Reglamento del Instituto Nacional Electoral para la designación y sanción de las y los Consejeros Presidentes y las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales.

“En este sentido, de conformidad con lo señalado en el último párrafo de la Base Séptima de la presente Convocatoria, las y los aspirantes que estén interesados en formar parte de la lista de reserva, que en su caso, con motivo del presente proceso de selección y designación sea integrada, deberán manifestar su consentimiento por escrito en la misma sesión en la que se lleve a cabo la etapa de valoración curricular y entrevista.

Una vez aprobada la lista de reserva, será publicada en el portal del Instituto Nacional Electoral www.ine.mx, así como el resultado de cada una de las etapas de selección.

A su vez, el Vocal Secretario del INE en Yucatán, Lic. Juan Carlos Ara Sarmiento explicó que entre los requisitos para poder participar se encuentran: ser ciudadano mexicano por nacimiento, que no adquiera otra nacionalidad; estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente, además de tener más de 30 años de edad al día de la designación;

También poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencia.

Las y los aspirantes deberán  ser  originario  de  Yucatán o  contar  con  una residencia efectiva de por lo menos cinco años anteriores a su designación, salvo el caso de ausencia por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses.

“No deberá haber sido registrado como candidato ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación; no desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal  en  algún  partido  político  en  los  cuatro  años  anteriores  a  la designación; no estar inhabilitado para  ejercer cargos públicos  en cualquier institución pública federal o loca”.

También se prohíbe el haberse desempeñado durante los cuatro años previos a la designación como titular de secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del  gobierno  de  la  Federación  o  como  de  las  entidades  federativas,  ni subsecretario u oficial mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno. No ser Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, ni Gobernador, ni secretario de  Gobierno o  su equivalente a nivel local. No  ser Presidente Municipal, Síndico o Regidor o titular de dependencia de los ayuntamientos.

“Las y los aspirantes a consejeros no deberán ser no haber sido miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional durante el último proceso electoral en la entidad; no  haber  sido  designado  por  el  Consejo  General  del  Instituto  Nacional Electoral como Consejera o Consejero Presidente ni Consejera o Consejero Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán o de cualquier otra entidad federativa”, concluyó.