home Daniel Moisés Alcasio Guerrero Las juntas de conciliación y arbitraje se vuelven parte del Poder Judicial

Las juntas de conciliación y arbitraje se vuelven parte del Poder Judicial

Dentro del poder judicial en sus distintas ramas sabemos que las materias civil, penal, mercantil, su permanencia en el sistema jurídico mexicano ha sido muy trascendente, ya que los temas regulatorios por parte del legislativo han sido reformados para una buena aplicación y que a lo largo de muchos años la creación de nuevas leyes y reglamentos han venido a transformar una forma de hacer justicia en el transcurso de los años, por lo que suena interesante que la materia laboral será ahora parte del poder judicial y con ello vendrá a adaptarse a mecanismos bien protocolizados en el litigio tradicional que actualmente conocemos.

La preparación interna por parte de los servidores públicos dentro del poder judicial tiene que ser con la misma perspectiva a como lo aplican diariamente en los distintos asuntos  sobre las competencias que cada tribunal y juzgado resuelve en los asuntos de controversias entre los particulares, suena muy interesante ver como la nueva forma de crear justicia en materia laboral no perderá su esencia dentro del sector judicial, no hay nada que discutir en la parte de las etapas en las que se llevará a cabo el procedimiento laboral, ya que se tiene etapas muy bien establecidas y definidas para llevar el desahogo de cada una de las audiencias, desde la preliminar hasta el dictar sentencia, ya sea dentro de la etapa de conciliación o bien al fijar la Litis en el desacuerdo de las partes, el objetivo es sobre la nueva implementación de codificaciones que al buscar en todo momento procurar justicia en base a los principios fundamentales de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, en pocas palabras el respeto a los derechos humanos al momento de aplicar la justicia para cada parte, es también importante que este nuevo ente adoptado al ser judicial tenga bastantes reformas y cambios dentro del camino a recorrer, es natural que se presenten varios recursos para proteger los derechos tanto de una parte como de otra ya que de ello se modifican y ponen en práctica criterios “complementarios” que al legislador se le fue agregar dentro de dicha codificación.

No doy a entender que el legislador no cuente con la preparación y capacidad para poder legislar en la materia laboral, es comprensible que las distintas formas para poder enunciar una ley sea conforme a la marcha de las situaciones en particular, es decir, la práctica profesional dentro y fuera de los tribunales sea siempre el de conducirse con la razón, es por eso que la capacitación de los jueces, magistrados, los propios particulares y juristas que han ayudado a orientar la veracidad correcta de la ley venga a introducir nuevas perspectivas que el siglo XXI visiona en nosotros como personas que sabemos que somos muy cambiantes.