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Inició proceso penal de cuatro personas por delito de fraude en conocido caso de Yucatán

Mérida, Yucatán a 14 de enero de 2016.- Inició el proceso de cuatro personas a quienes se les relaciona con el delito de fraude, en una audiencia celebrada en la sala 3 del Centro de Justicia Oral de Mérida.

El juez de control del primer distrito judicial del sistema penal acusatorio y oral del Poder Judicial del Estado, Luis Edwin Mugarte Guerrero, presidió la audiencia inicial en la que los fiscales imputaron los hechos a los cuatro detenidos.

La defensa pública planteó un incidente de competencia por declinatoria, alegando que los hechos ocurrieron en el municipio de Oxkutzcab, sin embargo, los fiscales contestaron que se solicitó la competencia del juez del primer distrito por razón de seguridad.

El juez Mugarte Guerrero resolvió que no fue procedente la solicitud presentada por la defensa, puesto que se actualiza la competencia por razón de seguridad como argumento del fiscal, así como que el proceso se seguirá conforme Código Nacional de Procedimientos Penales y no conforme al código adjetivo local, como peticionó la defensa, ya que este último ha sido abrogado.

Esta decisión se basó en el artículo 22, el cual se refiere a la competencia por razón de seguridad y cuyo contenido indica que : «será competente para conocer de un asunto un Órgano jurisdiccional distinto al del lugar de la comisión del delito, o al que resultare competente con motivo de las reglas antes señaladas, cuando atendiendo a las características del hecho investigado, por razones de seguridad en las prisiones o por otras que impidan garantizar el desarrollo adecuado del proceso.»

De la misma manera, el juez de control invocó el principio de ultractividad, el cual consiste en que una ley derogada por una nueva deja de ser aplicable, por lo que se sustituye por la aplicable, por lo que el caso se juzgará con base en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

En la audiencia el juez Mugarte Guerrero informó a los detenidos sobre sus derechos procesales, entre ellos contestar la imputación, pero los imputados se reservaron su derecho a declarar y se acogieron a la duplicidad del plazo constitucional para resolver su situación jurídica.

El juez de control fijó el día 19 de enero a las 09:00 horas en la misma sala de oralidad para resolver su situación jurídica en la continuación de la audiencia inicial relativa a la audiencia de vinculación del caso 7/2016, de la misma manera, accedió a la solicitud de la fiscal de imponer la prisión preventiva como medida cautelar que tendrá vigencia hasta el día de la continuación de la audiencia.

Los hechos según lo establecido por los fiscales en la audiencia, ocurrieron el 3 de noviembre de 2012, cuando los ahora imputados en compañía de otras personas, se encontraban en la localidad de Oxkutzcab, donde funcionaba la oficina denominada «Esperanza Equitativa» y se ostentaron como socios, lograron que el denunciante les entregara un total de $180,039.14 lo cual se negaron a devolverle.

El afectado entregó el dinero ya que los ahora imputados se presentaron ante él como socios del «Sistema Crecicuentas». En noviembre de 2014 solicitó su dinero ya que se enteró que la sociedad carecía de los permisos correspondientes y en marzo de 2015 solicitó la devolución de su dinero, los ahora imputados le manifestaron que no se lo devolverían ya que todo había sido un engaño.