ELEMENTOS POSITIVOS DEL DELITO:
Conducta: la conducta puede ser de acción (movimiento que se realiza) o de omisión (dejar de hacer lo que se obligado hacer).
Tipicidad: Es la adecuación de la conducta al tipo penal.
Antijuridicidad: Lo contrario a la norma.
Imputabilidad: Que el sujeto sea responsable del hecho.
Condicionalidad Objetiva de punibilidad: Cuando al definir la infracción punible, aparecen variables de acuerdo a cada tipo penal.
Punibilidad: es la sanción o castigo.
ELEMENTOS NEGATIVOS DEL DELITO
Ausencia de Conducta: realiza una acción sin estar consciente (sueño, hipnotismo, etc.)
Causas de Justificación: Cuando tienen un permiso de actuar (estado de necesidad, el médico) legítima defensa, en el ejercicio de una función (el Policía), en el ejercicio de un deporte.
Atipicidad: Falta de adecuación en la conducta con el tipo penal.
Inimputabilidad: Cuando no es responsable de los hechos (menor de edad, falto de facultades mentales, etc.).
Inculpabilidad: Cuando la conducta se dio sin dolo, con error de hecho y error de derecho.
Falta de condiciones objetivas de la punibilidad: Cuando no aparecen las variables del tipo penal.
Excusas absolutorias: No hay castigo.