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Cómo juntar puntos de Infonavit con Fovissste

De acuerdo con el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un derecho de los mexicanos contar con una vivienda digna donde pueda uno pernoctar y convivir con los demás miembros de su familia.

Sin embargo, para una gran mayoría de los mexicanos, sobre todo de la población del sector medio, los que trabajan en oficios u otros trabajos que no generan una capacidad adquisitiva para la adquisición de una vivienda, los sueños para construir un patrimonio con tan importante bien inmueble se percibe lejano y fuera de fácil alcance.

Pero uno de los grandes beneficios de la lucha institucional de derechos de los trabajadores a lo largo del tiempo de la vida democrática de nuestro país, ha constituido la percepción de la previsión social que permite entre sus logros la adquisición de créditos, vía prestación laboral, para la obtención de una vivienda.

Un matrimonio, donde ambos cónyuges laboran, pueden contar con una mayor capacidad de crédito al juntar los puntos que cada uno ha alcanzado durante su vida laboral, con lo cual las posibilidades de contar con una vivienda con mayor calidad aumenta.

Para lograr lo anterior, una recomendaciones importantes para considerar.

Lo primero que es importante establecer es el tipo de patrón del trabajador. El artículo 123 constitucional establece dos supuestos jurídicos. El apartado A que se vincula con los trabajadores en general y el apartado B que versa sobre los beneficios de los trabajadores al servicio del estado, es decir, los burócratas que forman parte de alguna dependencia de la administración pública federal.

¿Por qué es necesaria la distinción?

Para saber a qué tipo de dependencia de crédito debemos acudir para hacer valer el derecho de la vivienda. Si uno es parte del apartado B, es decir, un funcionario del servicio público, la instancia gubernamental que atiende el crédito de vivienda es el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. El trámite para conseguir una asesoría la puede solicitar en la página de ISSSTE Citas.

En el caso de los demás trabajadores, entiéndase como excepción a la condición de no ser funcionarios del servicio público del estado, el trámite lo debe realizar en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, por medio del sistema de Infonavit Citas.

¿Se pueden juntar ambos créditos?

Como hemos explicado, el crédito de vivienda es un derecho personal del trabajador. Para la constitución de un patrimonio familiar cabe la posibilidad de juntas ambos créditos de los cónyuges para que el monto pueda ser mayor y las posibilidades de una mejor vivienda sea igual, en una mejor condición que solamente aplicar uno de ellos.

Para lograr ese propósito, lo primero es checar los puntos que se han obtenido a lo largo de la vida laboral ambos cónyuges y si cuentan con el derecho de poder obtener un crédito de vivienda.

Una vez obtenidos esos datos la pareja ya puede buscar en los diversos desarrollos inmobiliarios la vivienda cuyo monto se pueda cubrir con la capacidad de crédito que se tiene.

Entonces es momento de acudir a la cita para conocer los detalles y requisitos que cada sistema solicita a sus derechohabientes. Es importante que se cuente con el acta de matrimonio, ya que será el documento más importante para acreditar el vínculo matrimonial que permitiría juntar los créditos de los cónyuges en beneficio de la construcción y consolidación del patrimonio familiar.

Cubiertos los documentos y seguidos los trámites, solo bastará esperar la autorización para gozar de una vivienda. Lo que es mejor, de la posibilidad de que ambos cónyuges construyan un patrimonio familiar.