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Bien por la SCJN en la destitución de funcionario en CDMX

La organización del sistema jurídico mexicano se sustenta bajo el principio de la “supremacía constitucional”, que de forma coloquial se expresa “nada por arriba, todo por debajo”. Como máximo orden legal es el fundamento de la actuación de los órganos del estado y de los funcionarios, los derechos y las obligaciones de los ciudadanos.

Manuel Crescencio Rejón, ilustre abogado de origen yucateco, propuso como un medio de control constitucional el llamado juicio de amparo. Con este recurso legal, los ciudadanos que sientan que hay algún agravio en sus derechos constitucionales pueden solicitar protección a un tribunal constitucional.

Hoy en día el análisis y resolución de los juicios de amparo recaen en los tribunales federales y en última instancia en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Lo que decide el máximo tribunal se considera una sentencia inapelable.

En estos días hemos sido testigos de la destitución de un delegado de la Ciudad de México por una inejecución de sentencia emitida la SCJN. El asunto es claro: ya había una sentencia que determinados sujetos habían ganado a favor en contra la autoridad que no quiso darle cumplimiento. Por consecuencia, no solo se procedió a la destitución, sino también, a iniciar una causa penal.

Este es un hecho trascendental para México. Impone la imperiosa obligación de las autoridades a respetar los fallos judiciales, especialmente los que por vía amparo significa que hay un abuso de la autoridad en el sometimiento de los derechos humanos y fundamentales en contra de los ciudadanos.